INFORMACION GASES REFRIGERANTES

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Ampliación del listado de refrigerantes admitidos para su uso en instalaciones de refrigeración y climatización.

El nuevo refrigerante se denomina R-481A y es una mezcla zeotrópica multicomponente (5 componentes)

con las siguientes proporciones.

  • 16,9 % R-32;
  • 6,3 % R-125;
  • 74,4 % R-134a;
  • 1,8 % R-1233zd(E);
  • 0,6 % R-601a.

Su PCA asciende a 1399.

El nuevo refrigerante se denomina R-473A (categoría L1) y es una mezcla zeotrópica multicomponente

(4 componentes) con las siguientes proporciones.

  • 20 % R-1132-A;
  • 10 % R-23;
  • 60 % R-744;
  • 10 % R-125;

Su PCA asciende a 1830,6.

Empleo de refrigerantes no autorizados al amparo del Reglamento de Seguridad de Instalaciones

Frigoríficas, RD 552/2019 de 27 de septiembre. Los riesgos principales de estos gases son:

Son gases extremadamente inflamables, que se publicitan como sustitutos de gases no inflamables originando

un peligro en potencia para los usuarios, el medio ambiente y las instalaciones, debido a dicho carácter inflamable.

Los titulares y los agentes que empleen estos gases se enfrentan a sanciones de diversa índole tipificadas en el título V de la Ley de Industria, al cometer un incumplimiento doloso de los requisitos de la normativa de Seguridad Industrial.

Se debe recordar que los fabricantes de los equipos, en la documentación técnica únicamente permiten el empleo de

los refrigerantes autorizados. Por tanto, el empleo de estos refrigerantes supone una anulación de la garantía, así como incurrir en otro tipo de responsabilidades.

Las disposiciones recogidas en la NOTA INFORMATIVA DEL MINISTERIO afectan a todo tipo de aparatos que empleen refrigerantes para su funcionamiento, sean o no de carga limitada.

El empleo de estos refrigerantes no autorizados favorece el intrusismo profesional.

 

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