Publicación de las actas y acuerdos de la Conferencia Sectorial de Industria y PYME, que contienen una serie de acuerdos adoptados de especial relevancia. Entre ellos se destacan.
Acuerdo Tercero:
En aquellos reglamentos de seguridad industrial, en los que se exige que, para ejercer como empresa instaladora o mantenedora habilitada, además de contar con un mínimo de un instalador habilitado, se debe disponer de un técnico titulado competente que actúe como responsable técnico, ambas figuras pueden recaer en la misma persona.
Acuerdo Duodécimo: a petición de CONAIF.
Los almacenamientos de botellas refrigerantes de las empresas frigoristas y de las empresas instaladoras o mantenedoras de instalaciones térmicas en los edificios que actúen en el ámbito del Reglamento de Seguridad para Instalaciones frigoríficas, se encuentran excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos, por disponer de normativa específica que regula las condiciones de seguridad que deben cumplir dichos almacenamientos.
En nuestra sección reglamentación normativa general figura el listado completo de acuerdos que, entre otros, incluyen nuevos títulos que habilitan para ejercer como instalador de baja tensión y algunas interpretaciones relacionadas con el Reglamento de Equipos a Presión (Real Decreto 809/2021).