Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles, publicado en el BOE nº 227, del miércoles día 21 de septiembre de 2022 y en vigor desde el jueves día 22 de septiembre.
REDUCCIÓN DEL IVA AL 5% EN LOS SUMINISTROS DE GAS NATURAL, BRIQUETAS, PELLETS Y LEÑA
A.-) IVA
1.-) SUMINISTRO DE GAS
Se establece de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2022, una reducción, desde el 21 al 5%, en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura de las entregas de gas natural.
2.-) ENTREGAS DE BRIQUETAS, PELLETS Y LEÑA
Se establece también de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2022, una reducción desde el 21 al 5%, en el tipo impositivo del IVA que recae sobre las entregas de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y a la madera para leña utilizados en sistemas de calefacción.
B.-) AMPLIACIÓN PLAZO SOLICITUD DE LAS MEDIDAS POR LOS AFECTADOS ERUPCIÓN ISLA DE LA PALMA
Se abre un nuevo plazo (hasta el 24 de octubre de 2022) de solicitud de las medidas de suspensión de obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos con y sin garantía hipotecaria concedidos a afectados por los movimientos sísmicos y erupciones volcánicas acaecidos en la isla de La Palma desde el pasado día 19 de
septiembre de 2021.
Esta suspensión será de 6 meses para aquellos afectados que no se beneficiaron de la suspensión original y de 3 meses para quienes sí lo hicieron.
C.-) REACTIVACIÓN DE LA COGENERACIÓN
Se regula un nuevo tipo de renuncia voluntaria al régimen retributivo específico para las instalaciones de cogeneración y tratamiento de purines y lodos de aceite de oliva, de manera que las instalaciones que renuncien al régimen retributivo específico puedan solicitar la inclusión en el mecanismo de ajuste regulado en el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista; siempre que dicho mecanismo de ajuste se encuentre en vigor.
Durante el periodo en que resulte de aplicación la renuncia, que será el comprendido entre el primer día del mes siguiente a la fecha de comunicación de la renuncia y la fecha de finalización del citado mecanismo de ajuste, las instalaciones no percibirán el régimen retributivo específico.
No obstante, se regula la posibilidad de solicitar la finalización anticipada del periodo de aplicación de la renuncia, volviendo a aplicar el régimen retributivo específico