- a) Orden TED/707/2022: Bases Reguladoras de ayudas a los proyectos de Redes de Calor y Frío:
- Programa de incentivos 1: para entidades que realicen actividades económicas
- Programa de incentivos 2: para entidades que no realicen actividades económicas.
- Proyectos subvencionables:
- Construcción de una nueva central de generación y una nueva red de distribución.
- Ampliación o sustitución de la central de generación existente.
- Ampliación de red de distribución y conexiones existentes.
- La vigencia de las bases reguladoras abarcará el período desde el 27/07/2022 hasta el 30 de junio de 2026.
- Las ayudas se concederán a fondo perdido y en régimen de concurrencia competitiva. El IDAE es el órgano competente para realizar las convocatorias y dictar su resolución.
- Las ayudas concedidas a una misma empresa y proyecto no podrán superar los 15.000.000 €
- Los límites máximos de intensidad de la ayuda serán:
- Programas de incentivos 1: hasta un 35% de las actuaciones subvencionables de los proyectos susceptibles de ser financiados.
- Programas de incentivos 2: hasta un 70% de las actuaciones subvencionables de los proyectos susceptibles de ser financiados.
- Los importes anteriores pueden ser mayorados si la actuación la realiza un pequeña empresa (+10%), una mediana empresa (+5%) o si se realiza en un municipio de Reto Demográfico (+5%).
- b) Orden TED/706/2022: Bases Reguladoras Proyectos Singulares de Biogás.
- Programa de incentivos 1: para entidades que realicen actividades económicas
- Programa de incentivos 2: para entidades que no realicen actividades económicas.
- Proyectos subvencionables:
- Realización de instalaciones de producción de biogás con las materias primas incluidas en cada convocatoria, mediante digestión anaerobia siempre que se produzca un aprovechamiento energético del mismo o se use para la producción de biometano.
- Realización de instalaciones para que a partir de biogás se lleve a cabo producción de calor/frio, generación de energía eléctrica, cogeneración de alta eficiencia o, a partir de biogás de nueva generación incluyendo por tanto el apartado anterior, se lleve a cabo su depuración hasta biometano para uso en transporte, inyección a red, usos térmicos distintos del transporte, para su uso en cogeneración eléctrica de alta eficiencia o para su transformación en otros productos con destino energético.
- Realización de instalaciones para tratamiento del digerido.
- La vigencia de las bases reguladoras abarcará el período desde el 27/07/2022 hasta el 30 de junio de 2026.
- Las ayudas se concederán a fondo perdido y en régimen de concurrencia competitiva. El IDAE es el órgano competente para realizar las convocatorias y dictar su resolución.
- Las ayudas concedidas a una misma empresa y proyecto no podrán superar los 15.000.000 €
- Los límites máximos de intensidad de la ayuda serán:
- Programas de incentivos 1:
Tipo de proyecto | Materia prima o aplicación energética | Programa 1 – Porcentaje de ayuda de los costes subvencionables. |
Realización de instalaciones de producción de biogás siempre que se produzca un aprovechamiento energético del mismo o se use para la producción de biometano. | Fracción orgánica de los residuos de competencia municipal procedente de recogida selectiva. | 40 |
Otras | Media ponderada, según potencia, de las intensidades de ayuda indicadas en b) para cada aplicación. | |
Realización de instalaciones para que a partir de biogás se lleve a cabo producción de calor/frio, generación de energía eléctrica, cogeneración de alta eficiencia o, a partir de biogás de nueva generación incluyendo por tanto el apartado anterior, se lleve a cabo su depuración hasta biometano para uso en transporte, inyección a red, usos térmicos distintos del transporte, para su uso en cogeneración eléctrica de alta eficiencia o para su transformación en otros productos con destino energético. | Instalación de producción de calor/frio con biogás | 75 |
Instalación de producción de electricidad con biogás | 25 | |
Instalación de cogeneración de alta eficiencia con biogás | 35 | |
Instalación de depuración hasta biometano para uso energético | 10 | |
Realización de instalaciones para tratamiento del digerido | Fracción orgánica de los residuos de competencia municipal procedente de recogida selectiva. | 40 |
Otras | Media ponderada, según potencia, de las intensidades de ayuda indicadas en el apartado anterior para cada aplicación. |
- Programas de incentivos 2:
Tipo de proyecto | Materia prima o aplicación energética | Programa 2 – Porcentaje de ayuda de los costes subvencionables. |
Realización de instalaciones de producción de biogás siempre que se produzca un aprovechamiento energético del mismo o se use para la producción de biometano. | Fracción orgánica de los residuos de competencia municipal procedente de recogida selectiva. | 70 |
Otras | Media ponderada, según potencia, de las intensidades de ayuda indicadas en b) para cada aplicación. | |
Realización de instalaciones para que a partir de biogás se lleve a cabo producción de calor/frio, generación de energía eléctrica, cogeneración de alta eficiencia o, a partir de biogás de nueva generación incluyendo por tanto el apartado anterior, se lleve a cabo su depuración hasta biometano para uso en transporte, inyección a red, usos térmicos distintos del transporte, para su uso en cogeneración eléctrica de alta eficiencia o para su transformación en otros productos con destino energético. | Instalación de producción de calor/frio con biogás | 80 |
Instalación de producción de electricidad con biogás | 80 | |
Instalación de cogeneración de alta eficiencia con biogás | 80 | |
Instalación de depuración hasta biometano para uso energético | 50 | |
Realización de instalaciones para tratamiento del digerido | Fracción orgánica de los residuos de competencia municipal procedente de recogida selectiva. | 70 |
Otras | Media ponderada, según potencia, de las intensidades de ayuda indicadas en el apartado anterior para cada aplicación. |
- Los importes anteriores pueden ser mayorados si la actuación la realiza un pequeña empresa (+20%), una mediana empresa (+10%) o si se realiza en un municipio de Reto Demográfico (+5%).